Inmigración

Abogado en Maryland y D.C. para consecuencias en Inmigración de Condenas Penales

Casi todos los cargos penales plantean algunas consecuencias en inmigración. Muchas personas piensan que porque son residentes legales permanentes y han estado viviendo en los Estados Unidos 10, 20, 30 o incluso 40 años, no tienen que preocuparse por las consecuencias migratorias de cargos criminales. Nada podría estar más lejos de la verdad. Incluso una persona que ha vivido en los Estados Unidos durante 40 años, que tiene un número de Seguro Social, empleo a tiempo completo y una esposa e hijos que son ciudadanos, puede estar sujeta a la deportación, incluso a causa de una condena menor por un delito de drogas.

Tenemos más de 15 años de experiencia en defensa penal

En la oficina legal del abogado. Abraham Fernando Carpio, nuestro abogado principal de defensa criminal posee 15 años de experiencia en el tema. Habla español con fluidez gracias a sus raíces hispanas, y tiene un amplio conocimiento y experiencia en el trabajo de prevenir las severas consecuencias de inmigración de condenas penales.

Contáctese con nosotros llamando a nuestras oficinas ubicadas al norte de Condado de Prince George, Maryland, junto a la Plaza del Metro de Prince George para programar una consulta inicial gratuita. Por favor llame al 301-559-8100 durante horas de oficina regulares o 301-613-6321 o después de horarios en caso de emergencias.

No cometa el error común de asistir a la corte sin un abogado y ser engañado o inducido a entrar en un alegato de declararse culpable de un delito menor por una pequeña multa, o sin ir a la cárcel y no cumplir libertad condicional, porque el asunto no se cerrará si usted no es un ciudadano de EE.UU. Si lo hace, póngase en contacto con nosotros de inmediato para ayudarle con una solución pos condenatorio, o para que lo defendamos en el Tribunal de Inmigración. Las consecuencias de inmigración pueden ser más severas que aquellas pequeñas multas y sanciones, y pueden tener un impacto duradero en usted y su familia.

Deportación y Remoción Permanente

En Carpio Law Firm, hemos sido testigos y se podemos informarle claramente que ningún Estado o juez de la Corte Superior de D.C. manejando su caso penal tiene autoridad para impedir que el Departamento de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) instituya y entable un proceso de deportación. Es por eso que es fundamental en todos los casos, para el no-ciudadano incluyendo el residente permanente legal (tarjeta verde), consulte con un abogado de defensa criminal con experiencia antes de ir a la corte en un caso penal.

Siendo un ex Fiscal de Apelación de primer nivel en el JAG Corps del Ejército de EE.UU., el abogado Abraham Fernando Carpio examinará y hará un seguimiento a los casos y antecedentes similares. Cabe destacar aquí, que en una reciente decisión del Tribunal Supremo en Padilla vs Kentucky, se ha impuesto nuevas obligaciones a los abogados de defensa criminal en ser muy conscientes y cuidadosos al manejar todos los casos penales relacionados con los no ciudadanos. El abogado A.F. Carpio ejerce tanto en defensa penal y como en defensa de deportación y está capacitado para asesorarlo cuidadosamente en sus casos a lo largo del proceso. Por favor, tenga en cuenta, que una orden de expulsión o deportación es permanente y que, literalmente, servirá para excluir a los no ciudadanos entrar a los Estados Unidos entre 3 a 10 años, incluso si no han estado en su país de origen en muchos años. Este resultado tendrá un efecto dramático y muy triste para la familia e hijos de los no ciudadanos acusados ​​penalmente.

Detención Inmigratoria

No se desespere si el ICE le emite un documento comúnmente conocido como “orden de detención” en una cárcel local o establecimiento penitenciario, a fin de ejercer una custodia para iniciar procedimientos de deportación. Una orden de detención puede ser colocada en contra de cualquiera antes del juicio, incluso sin tener un estatus legal, porque la persona en general, no tiene motivos para permanecer en los EE.UU., independientemente del resultado de la causa penal. Una orden de detención también se puede colocar si un familiar suyo está siendo acusado de una ofensa penalizada con deportación.

Un cliente con estatus migratorio legal en general, no está sujeto a una orden de detención migratoria antes de la conclusión de la causa penal, a menos que él o ella tenga condenas anteriores que lo hagan plausible de deportación o se haya ordenado su remoción previamente, o tenga un cargo de delito grave que lo haga deportable. Las detenciones también se presentan contra los no ciudadanos que cumplen penas de prisión en virtud de sentencia condenatoria.

En general, una orden de detención migratoria es una solicitud a una organismo policial local para detener a un individuo un máximo de 48 horas, después de lo cual esa persona será liberada (excluyendo sábados, domingos y festivos), a fin de proporcionar al ICE la oportunidad de asumir la custodia de ese individuo. El período de 48 horas comienza a correr cuando el individuo mencionado ya no está sujeto a la detención del organismo policial local, que es, después de que el individuo ha pagado una fianza o completado una pena de prisión en cárcel.

Las detenciones se ejecutan con una orden judicial por alguaciles locales, agencias estatales, e incluso a veces agencias federales con el Formulario I- 247 (Notificación de Acción). La detención puede incluir información importante, como por ejemplo si a un individuo se le ordenó previamente una remoción.

ES POSIBLE INTERPONER UNA FIANZA PARA UN INDIVIDUO CON UNA CAUSA PENAL INCLUSO SI UNA DETENCIÓN O RETENCIÓN MIGRATORIA HA SIDO INTERPUESTA SOBRE LA PARTE DEMANDADA

Si una orden de detención preventiva se coloca contra una persona y él o ella paga la fianza, el ICE debe asumir la custodia del individuo en 48 horas. Si el ICE no asume la custodia de la persona durante el período de 48 horas, el individuo debe ser puesto en libertad inmediatamente.

La cárcel local o establecimiento penitenciario ya no tiene la autoridad de detener a una persona una vez que ha expirado la orden de detención. Toda detención adicional es ilegal y violatoria de las leyes de libertad provisional del Estado, y podría hacer que establecimiento sea demandado por detención ilegal.

Del mismo modo, el Estado no tiene autoridad para detener a alguien que ha servido su pena máxima por un delito. En la práctica, sin embargo, las cárceles y centros penitenciarios pueden ser reacios a liberar al detenido.

Consideraciones de fianzas para un cliente con una detención migratoria

Una detención migratoria es a menudo presentada en contra de un individuo antes de que él o ella tengan la oportunidad de pagar una fianza. En tales circunstancias, si la persona interpone un recurso de fianza, el ICE tiene la autoridad para asumir la custodia inmediata de él o ella. Si el ICE ejerce su autoridad y toma a su amigo o ser querido en custodia, éste podría ser enviado a un centro de detención de inmigrantes fuera del estado para instituir un proceso de deportación.